El Gobierno de Guatemala informó que el presidente Bernardo Arévalo vetó el Decreto 9-2025, que contenía la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.
Esta normativa pretendía eximir a iglesias e instituciones benéficas de presentar instrumentos de evaluación ambiental, siempre que no emitieran fluidos ni gases contaminantes y que sus desechos sólidos fueran aceptados por sus recolectores de basura.
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Gobierno considera el decreto un retroceso ambiental
Según el comunicado oficial, el mandatario ejerció sus facultades constitucionales en Consejo de Ministros para rechazar el decreto, al que calificó como “un grave retroceso ambiental para el país”.
“El decreto limitaría la obligación de realizar evaluaciones de impacto ambiental únicamente a actividades comerciales, excluyendo a otros sectores importantes de la economía y del Estado. Esto pondría en riesgo el ambiente y la sostenibilidad de los recursos naturales”, señaló el documento.
El análisis jurídico del Ejecutivo determinó que el Decreto 9-2025 contraviene la Constitución al vulnerar varios principios fundamentales. Entre ellos, los de seguridad jurídica, igualdad, irretroactividad de la ley y preeminencia de los tratados internacionales ratificados por Guatemala.
Asimismo, el Gobierno destacó que la normativa incumple la obligación constitucional de promover el desarrollo sostenible, prevenir la contaminación y mantener el equilibrio ecológico.
#EnElPaísDCA | El presidente, @BArevalodeLeon, vetó el Decreto 09-2025 y el Decreto 68-86 por implicar un grave retroceso ambiental para el país.
✍️🏻 Redacción Web
📷@GuatemalaGob pic.twitter.com/rboMv8UFgQ— Diario de Centro América (@DiariodeCA) November 5, 2025
Arévalo impulsa fortalecimiento del marco ambiental
El comunicado añadió que el Gobierno trabaja en la consolidación de un sistema de licencias ambientales como herramienta efectiva de protección de la naturaleza. Además, busca impulsar legislación que fortalezca el marco legal ambiental, evitando normas que promuevan la impunidad o debiliten los controles.
La normativa vetada establecía que, antes del desarrollo de cualquier proyecto, obra o actividad comercial que pudiera causar daño a los recursos naturales o alterar el paisaje, debía realizarse un estudio de impacto ambiental. Sin embargo, las reformas aprobadas por el Congreso excluían a ciertos sectores, lo que generó preocupación en autoridades y ambientalistas.