La Corte de Constitucionalidad (CC) revocó el amparo provisional que en julio de 2020 se otorgó a favor de la jueza Erika Aifán, del Juzgado de Mayor Riesgo D. Por lo tanto, las diligencias de antejuicio en su contra deben de continuar.

Los magistrados Roberto Molina Barreto, Leyla Lemus, Luis Alfonso Rosales, Rony Eulalio López y Claudia Paniagua resolvieron denegar el amparo de forma unánime. Es de recordar que la CC anterior otorgó un amparo provisional que suspendió el trámite del antejuicio contra Aifán y que avaló la Corte Suprema de Justicia (CSJ). La acción la promovió el Instituto de Magistrados de la Corte de Apelaciones del Organismo Judicial. Por lo anterior, la CC consideró que el derecho de defensa de la jueza se vulneró, así como la tutela judicial efectiva. También los principios jurídicos de debido proceso, legalidad e independencia judicial.

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Con la revocación del amparo, la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se debe trasladar el expediente al juez pesquisidor nombrado para que luego de una pesquisa resuelva si le retira o no la inmunidad a la juzgadora.

Aparte de revocar el amparo, también impuso una multa de Q1 mil al abogado patrocinante, Elvyn Leonel Díaz Sánchez. Deberá hacerla efectiva dentro de los próximos cinco días cuando quede firme la resolución.

Señalan a la jueza Aifán de autorizar diligencias ilegales

El Instituto de Magistrados señala que la jueza posiblemente autorizó diligencias de investigación ilegales contra togados a solicitud de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI). Los magistrados están señalados de posible manipulación en la elección de las altas cortes.

En la resolución el Procurador de los Derechos Humanos –tercero interesado– argumentó que la Corte Suprema de Justicia se conformó de manera irregular. Por lo que argumentó que se obvió el proceso establecido en el artículo 77 de la Ley del Organismo Judicial.

Mientras que el Ministerio Público (MP) por medio de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal, manifestó que la acción de amparo debe ser otorgada porque el antejuicio es una prerrogativa otorgada a los funcionarios públicos con el objeto de garantizar la continuidad de sus funciones, sin que alguna denuncia proferida en su contra afecte la naturaleza de la labor que desempeña al someterlo a un procedimiento penal, especialmente si la misma se basa en imputaciones políticas, espurias o ilegítimas.