La Corte de Constitucionalidad -CC-, otorgó el amparo en definitiva al Ministerio Público -MP-, por lo que el Congreso podrá elegir a los magistrados en término de 40 días.

La CC establece que los nombramientos de los magistrados deben realizarse conforme lo establece la Constitución con base a capacidad, idoneidad y honradez.

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Por lo que debe de excluirse del proceso de elección a los profesionales cuya idoneidad y honorabilidad estén comprometidos.

La Comisión de Postulación calificó los tres requisitos ante mencionados, según el fallo. Sin embargo, eso no impide que el Congreso en un segundo momento analice los documentos disponibles para determinar si cada integrante de la nómina cumple o no con esos requisitos.

La CC ordena un proceso exhaustivo

El Tribunal Constitucional ordenó al MP que dentro del plazo de 10 días después de que la sentencia esté en firme, remita al Congreso en forma física y electrónica, el informe circunstanciado de todos los profesionales que conforman las nóminas remitidas por las Comisiones de Postulación.

El fin es comunicar sobre la investigación penal que efectuó el ente investigador con relación de la posible manipulación e influencia del proceso de elección. Además de la existencia de otros procesos penales contra los postulados.

Diputados deben decir públicamente el razonamiento de su voto

La CC también ordena a la junta directiva del Congreso poner a disposición de los diputados los expedientes de los candidatos que fueron remitidos por las Comisiones. También la información enviada por el MP, para que cada diputado puedan analizarla en forma exhaustiva en un plazo de 20 días.

Luego en los cinco días siguientes el Congreso deberá convocar a sesión plenaria para realizar la elección de magistrados de CSJ y Apelaciones.

La resolución establece un proceso que resguarda los principios de transparencia y publicidad. Este indica que durante la sesión plenaria los diputados deberán expresar su voto a viva voz. Aquí deben señalar las razones por las que consideran que el candidato cumple o no con los requisitos de idoneidad, capacidad y honradez.