El Gobierno de Guatemala indicó que evalúa las acciones que procedan ante la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC). La decisión dejó en suspensión provisional frases de la Ley del Organismo Ejecutivo que otorgan derecho de antejuicio a funcionarios de cuatro secretarías del Estado.

Los cargos de la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad (SAAS), Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia (SCSP), Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan) y Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP) perderían esta inmunidad. La medida surgió de una resolución de la CC tomada esta tarde. Entrará en vigencia tras su publicación en el Diario de Centro América.

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La decisión de los magistrados también incluye un llamado a audiencias por 15 días con el Presidente de la República, el Congreso y el Ministerio Público. Estas reuniones se realizarán por medio de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal. Esto es con el fin de escuchar sus argumentos sobre la medida.

Ejecutivo señala competencia del Congreso

El Ejecutivo adelantó que el artículo 165 de la Constitución Política de la República, en su inciso h, establece una facultad clara. Al Congreso le corresponde declarar si ha lugar o no a formación de causa contra secretarios y subsecretarios de la Presidencia. Es decir, el Legislativo debe dar el aval para levantar la inmunidad cuando existan motivos justificables para investigar penalmente o detener a los funcionarios.

El equipo jurídico del Gobierno evalúa las acciones que procedan para evacuar la audiencia. Lo harán con los argumentos correspondientes dentro del plazo de 15 días que la CC concedió.

El Ejecutivo agregó que los secretarios afectados por el alcance de esta decisión siguen en funciones con normalidad. A la vez, enfatizó que impulsa el fortalecimiento del Estado de derecho. Esto incluye la relevancia de preservar la coherencia entre el texto constitucional y la legislación ordinaria. También se refiere a las funciones que la ley asigna a las secretarías de la Presidencia.