La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió provisionalmente la resolución SAT DSI-393-2025, en la que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) oficializaba la unificación del NIT (Número de Identificación Tributaria) con el CUI (Código Único de Identificación).

La resolución suspendida fue emitida el 7 de marzo de 2025 y publicada en el Diario de Centro América el 17 de marzo. El documento establecía medidas administrativas para que el CUI y el NIT pudieran utilizarse de forma indistinta en trámites fiscales.

Lee también: SAT aclara que unificación del CUI y el NIT no devela información bancaria

Acción legal cuestiona procedimiento de la SAT

El abogado Diego Sagastume Vidaurre presentó la acción de inconstitucionalidad contra toda la resolución. El 13 de mayo, la CC notificó la suspensión provisional, que entrará en vigencia cuando se publique oficialmente en el Diario de Centro América.

Según Sagastume, la medida viola la Constitución, ya que la unificación del NIT y el CUI no puede hacerse mediante una resolución administrativa, sino únicamente a través del Congreso de la República.

SAT ya había iniciado el proceso en 2023

La SAT había informado que el proceso de armonización entre NIT y CUI comenzó en octubre de 2023. Sin embargo, reconoció que aún era necesario actualizar al menos 200 sistemas informáticos para completar el proceso.

El plan consistía en adoptar el CUI como único identificador para trámites fiscales, unificando registros en distintas instituciones del Estado.

CC ya había suspendido artículos similares

El abogado Sagastume recordó que existe un precedente similar. La CC suspendió de forma parcial y provisional el artículo 120 del Código Tributario, que también se relacionaba con el uso ampliado del NIT en trámites no fiscales.

A su criterio, ese antecedente refuerza la inconstitucionalidad de la resolución de la SAT, ya que implica una modificación normativa que debería pasar por el Congreso.