El presidente Bernardo Arévalo presentó a la Corte de Constitucionalidad (CC), una opinión consultiva, si las negociaciones del pacto colectivo del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), pueden declararse confidencial, como lo piden los maestros.
El Tribunal Constitucional se encuentra estudiando el documento que presentaron a nombre del mandatario el pasado 15 de mayo, para lo cual la CC tiene hasta 60 días para dar una respuesta, sobre la negociación sindical que se discute en secreto entre el Mineduc y Joviel Acevedo.
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El STEG ha buscado que las negociaciones del pacto colectivo no sean públicas. Aunque actualmente el Ejecutivo ha dicho que buscan su publicidad, no se habían conocido esfuerzos legales para hacerlo.
El documento presentado por Arévalo argumenta que se basa en el marco legal del acceso a la información pública, la naturaleza jurídica de los sindicatos, las excepciones de derecho de acceso a la información, y el principio de máxima publicidad.
Opinión consultiva sobre el pacto colectivo
La opinión consultiva consta de tres preguntas que esperan responda la CC, lo que les podría dar una hoja de ruta sobre las negociaciones al pacto colectivo, que al día de hoy caminan en secreto.
Primera pregunta: Un sindicato o comité ad-hoc de trabajadores del Estado, cuando son sujetos de negociación colectiva laboral y proyecto de normación colectiva tienen relación con la superación de las garantías y derechos mínimos que impactan en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. ¿Puede considerarse como particular al tenor del artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala?
Segunda pregunta: Por las relaciones de cooperación y coordinación que rigen a las entidades de la administración pública. ¿Puede el órgano integrante del Organismo Ejecutivo que recibe un dato o documento bajo garantía de confidencialidad en un proceso de negociación colectiva laboral, según el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, compartir la misma con otro órgano del Organismo Ejecutivo u otra entidad pública que requiera la misma, por tener relación con su rectoría sectorial, competencia o atribuciones constitucionales legales?
Tercera pregunta: La totalidad del contenido de los documentos que contengan proyectos de normación colectiva laboral, entre las entidades del Estado de Guatemala y Sindicato o Comités Ad-Hoc, ¿pueden considerarse como información susceptible de ser protegida por la garantía de confidencialidad que establece el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala?
El abogado constitucionalista Edgar Ortiz presentó un amparo ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) buscando la publicidad del pacto colectivo. Pero el pleno judicial suspendió su acción legal.
Posteriormente, el Movimiento Cívico Nacional (MCN) presentó una acción de amparo similar. De la misma se desconoce si la CSJ ya tomó alguna decisión sobre el tema.