La Comisión Pesquisidora que preside el diputado Luis Cáceres, que conoció el expediente 246-2024, promovidos en contra de los magistrados titulares del Tribunal Supremo Electoral (TSE), entregó este miércoles el informe circunstanciado que remitirán al Pleno del Congreso de la República, en donde recomendó el no retiro de inmunidad de los togados, al considerar que la denuncia la consideran de carácter espuria, política e ilegítima.

El proceso de antejuicio en contra de Irma Elizabeth Palencia, Ranulfo Rojas Cetina, Blanca Odilia Alfaro, Gabriel Aguilera Bolaños y Mynor Custodio Franco, en su calidad de magistrados titulares del ente electoral lo promovió la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP), dirigida por Rafael Curruchiche y por el ciudadano Víctor Guerra, secretario general del partido político Unidad Nacional de la Esperanza (UNE).

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Principio de objetividad

De acuerdo con el presidente Cáceres, en el proceso de análisis aplicaron el principio de objetividad para llegar a la conclusión y recordó que lo obrado en el informe parte de los cuatro hechos expuestos en la denuncia relacionada con la duplicidad de actas, escrutinio precipitado y humanamente imposible de suceder, utilización del sistema informático de la Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP) y desobediencia de los miembros del TSE.

La pesquisidora que también lo integraron los congresistas Román Wilfredo Castellanos Caal, secretario; y los vocales Mario Ernesto Gálvez Muñoz, Rodrigo Antonio Pellecer Rodríguez y Mynor Alfonso De la Rosa Palacio, en la celebración de la décima y última reunión, dieron lectura al informe que a lo largo de la última semana revisaron los asesores de los diputados.

“Nos correspondió como Comisión dictaminar si este antejuicio ha sido promovido por razones espurias, políticas e ilegítimas, plasmado en el informe circunstanciado que remitimos al Pleno del Congreso; nuestra recomendación va en torno al principio de objetividad para llegar a la conclusión”, expresó el diputado Cáceres.

“Esta Comisión Pesquisidora recomienda al Pleno del Congreso de la República de Guatemala, que la diligencia de antejuicio promovido en contra de magistrados titulares, por los delitos de incumplimiento de deberes y abuso de autoridad con propósito electoral, se declare no ha lugar a formación de causa, toda vez que no se logró establecer la existencia de hechos que fueron denunciados, como una actividad por su naturaleza deben ser conocidos por el órgano jurisdiccional”, según establece el informe, en el punto sexto.

La votación fue por unanimidad, con razonamiento de voto del diputado Maynor de la Rosa y congresista Mario Velásquez, quienes no estuvieron de acuerdo con la conclusión número dos.

Tres conclusiones en el informe por solicitud de antejuicio

  1. De la veracidad de los hechos. Aún, cuando la denuncia gira en torno a la segunda vuelta electoral desarrollada el 20 de agosto de 2023, hecho real y establecido en ley; no existen elementos de prueba que demuestren la veracidad de los hechos denunciados.
  2. De la probable participación del dignatario o funcionario en los mismos. Si bien, el ente investigador expuso las razones por las que solicitó control jurisdiccional y desarrollar una investigación penal en contra de los funcionarios antejuiciados; no aportaron elementos contundentes que convencieron a esta comisión de la posible participación de los funcionarios denunciados en los hechos expuestos. Por lo que es factible establecer que, no existen indicios fehacientes y razonables respecto a la posible participación de los Magistrados en los hechos que se denuncian.
  3. Si la investigación se ha promovido por razones espurias, políticas e ilegítimas en afán de involucrar a tales funcionarios. Incluso, cuando esta Comisión Pesquisidora, en aras de demostrar imparcialidad y buena fe, citó en dos ocasiones a los representantes del partido político denunciante (citaciones a las que no hubo respuesta); es menester reconocer que, la denuncia nace de alguien que actúa desde su calidad como actor político, denunciando posibles delitos cometidos en contra del partido UNE, a partir de los resultados desfavorables que obtuvieron durante la segunda vuelta electoral; involucrando de esta manera a funcionarios que no tienen actuar alguno en la cuenta, digitación, verificación, validación y transmisión de resultados a través del Sistema de Trasmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP). Al no presentarse siquiera a ratificar la denuncia, hay razones suficientes para determinar que quien promovió este antejuicio partió de un criterio subjetivo POLÍTICO, y al no contar con medios probatorios denota carácter ESPURIO e ILEGÍTIMO.

Fin del trabajo de la Comisión

Con la presentación del informe circunstanciado del antejuicio 246-2023, finaliza el trabajo de esta instancia que instalaron el 29 de abril de este año, en cumplimiento del Artículo 17 de la Ley en Materia de Antejuicio, Decreto 85-2002, que establece el mecanismo por medio de un sorteo en el Pleno, con la utilización de una tómbola, proceso que tuvo como testigos de buena fe a los diputados Nery Mazariegos y David Illescas. [Tomado del Congreso de Guatemala]