Los diputados buscarán aprobar en primer y segundo debate la iniciativa de ley para ampliar por dos meses más el subsidio al gas propano. Esto para las sesiones de este martes 22 y miércoles 23 de noviembre.
Los diputados oficialistas y aliados incluyeron en la instancia de Jefes de Bloque la iniciativa en la que el gobierno por medio del Ministerio de Energía y Minas requiere, según consta en la iniciativa, de una asignación de Q200 millones para otorgar el beneficio, recursos que provendrían del saldo de caja y bancos.
Lee también: Ciudad Peronia se convertirá en municipio
La iniciativa de ley establece la disminución del monto correspondiente al subsidio en el precio final de venta y deberá aparecer reflejado en la factura electrónica.
Para los efectos de lo previsto en la presente ley, no se aceptarán facturas electrónicas emitidas a favor del consumidor final (CF). Por lo que deberá consignarse en el número de Codigo Único de Identificación (CUI) del adquirente cuando sea una sola unidad vendida.
Asimismo, la factura debe detallar la venta de GLP por cilindros de las diferentes capacidades que se comercializan. Esta sería la cuarta prórroga en lo que va del año. El apoyo social se ha dado desde noviembre del 2021.
#LeyDeApoyoSocial | El apoyo social temporal para consumidores de gas propano estará en vigencia hasta el 30 de noviembre de 2022.
— Ministerio de Energía y Minas de Guatemala (@MEMguatemala) November 22, 2022
Más información aquí 👉 https://t.co/wYELdSCiAZ.#JuntosVamosPorMás#AccionesQueTransforman🇬🇹 pic.twitter.com/Ncw5bxqu9z
El subsidio del gas propano
Q8 de descuento aplicable al cilindro de gas de 10 libras
Q16 para el de 20 libras
Q20 para el de 25 libras
Q28 para el de 35 libras
El Ministerio de Energía y Minas (MEM) y el Ministerio de Economía (Mineco), como los entes verificadores en el ámbito de su competencia, para la adecuada implementación de este apoyo social temporal y velando por los derechos de los consumidores, para lo cual deberán establecer los mecanismos de vigilancia y corrección necesarios en concordancia a lo preceptuado en la presente ley.
Quienes incumplan se impondrá la sanción de 10 unidades de multa ajustables a la persona individual o jurídica que mediante acciones u omisiones en la cadena de distribución y comercialización del GLP no aplique el apoyo social temporal establecido, lo que representa un salario mínimo vigente para las actividades no agrícolas que equivale a Q2 mil 959.24