El Congreso y la CSJ convocaron a los abogados a que se postulen para integrar la Corte de Constitucionalidad para el quinquenio 2021-2026.

La tarde del este martes, en la primera sesión ordinaria del Congreso se aprobó la convocatoria para elegir magistrados de la CC –titular y suplente-.

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La recepción de expedientes para la Corte de Constitucionalidad será del 1 al 19 de febrero y la elección entre el 23 de febrero y el 15 de marzo.

Al principio, el presidente del Congreso intentó tener el control de los expedientes, sin embargo, esto no fue aprobado por los legisladores.

Requisitos que establecieron los diputados

  • Manifestación de interés.
  • Certificado de partida de nacimiento.
  • Fotocopia legalizada del DPI.
  • Presentar constancia de colegiado activo.
  • Constancia de tiempo de graduación.
  • Presentar constancia de carencia de antecedentes penales.
  • Constancia de carencia de antecedentes policiales y,
  • Presentar constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos extendida por la Contraloría General de Cuentas.

El Congreso definió empezar a recibir las notificaciones de los designados a partir del 23 de marzo. Para hacer la juramentación entre el 7 y el 14 de abril

CSJ también hace convocatoria para la Corte de Constitucionalidad

La CSJ publicó en el Diario de Centro América el proceso de convocatoria de profesionales para ser magistrados o magistradas titular y suplente de la CC para el mismo período.

En la publicación de la CSJ sobre el proceso de elección, se establece que a pesar de que no está previsto un procedimiento legal para que se designe un magistrado titular y un suplente a la CC, en un estado de Derecho cualquier decisión pública debe ser motivada, transparente y razonada.

El proceso para elegir a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad se regirá por transparencia, publicidad y por méritos, idoneidad y ética.

Requisitos: Competencias profesionales

  • Experiencia en magistraturas o experiencia profesional en las diferentes ramas del Derecho.
  • Preferencia con estudios a nivel de post-grado y docencia universitaria o docencia impartida en las distintas instituciones vinculadas al sector justicia.
  • Con publicaciones, ensayos y estudios relacionados con cualesquiera de las ramas del Derecho.
  • Con capacidad para trabajar en equipo.

Cualidades éticas

  • Que en su ejercicio profesional haya demostrado honradez y valores éticos.
  • Independencia que garantice el eficaz ejercicio de la magistratura.
  • Los magistrados a la Corte de Constitucionalidad deben esar comprometidos con la plena vigencia del Estado de Derecho y el respeto a los derechos establecidos por la Constitución Política de la República de Guatemala y derechos afines.

Idoneidad

  • Que posea la capacidad y la experiencia para el ejercicio del cargo.
  • Para valorar esta, se tendrán los siguientes criterios: liderazgo, aptitud para trabajar en equipo y honestidad.

Requisitos indispensables

  • Guatemalteco de origen.
  • Abogado colegiado activo.
  • De reconocida honorabilidad.
  • Tener por lo menos 15 años de graduación profesional.
  • Estar en el pleno goce de sus derechos ciudadanos.

Documentación a presentar para ser candidato a la Corte de Constitucinalidad

  • Formulario de solicitud proporcionado por la Corte Suprema de Justicia firmado por el interesado, en donde consigne en el espacio incluido para ello que desea ser considerado para ser electo Magistrado Titular o Magistrado Suplente, o bien, para ambos cargos, el cual podrá obtener en la página web del Organismo Judicial
  • Certificación de la partida de nacimiento en original o copia legalizada por Notario.
  • Fotocopia completa de DPI legalizada por Notario.
  • Constancia de colegiado activo, emitida por el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala
    Certificación de tiempo de graduación profesional emitida por el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.
  • Presentar constancia de no haber sido objeto de sanciones emitida por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.
  • Constancia de carencia de antecedentes penales.
  • Presentar constancia de carencia de antecedentes policiales.
  • Constancia transitoria de inexistencia de reclamaciones emitida por la Contraloría General de Cuentas, finiquito.
  • Constancia de no estar afiliado a un partido político emitida por Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral
  • Presentar constancia de no estar inhabilitado en el ejercicio de derechos emitida por el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral.
  • Constancia de no ejercer cargo directivo en entidades con fines políticos, ser miembro de comités pro formación de cualquier organización de carácter político, ni directivo de dichas organizaciones emitida por el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral.
  • Solvencia por carencia de multas impuestas por la Corte de Constitucionalidad
  • En caso de haber ejercido o ejercer actualmente como juez o magistrado en el Organismo Judicial u otra entidad, constancia que lo acredite especificando el tiempo de ejercicio de tal función.

Acta de declaración jurada ante notario sobre lo siguiente

  • Encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos
  • Que no se encuentra inhabilitado para ejercer cargos públicos.
  • No encontrarse comprendido en los casos de impedimento establecidos en el artículo 16 de la Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios y Empleados Públicos.
  • De no tener parentesco con alguno de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
  • No ser ministro religioso.
  • De no ocupar cargos dirigenciales ni representar a asociaciones sindicales
  • No haber sido objeto de sanciones en el régimen disciplinario de la institución donde actualmente labora o haya laborado, a las cuales haga referencia en la documentación que acredite su experiencia

El Organismo Ejecutivo, uno de los cinco cuerpos que nomina, dijo que cumplirá con los procedimientos y plazos que están establecidos en la ley para el nombramiento de los magistrados titular y suplente de la Corte de Constitucionalidad .