La Corte de Constitucionalidad rechazó una apelación presentada por el partido Movimiento Semilla, debido a errores detectados en el procedimiento. Esta apelación buscaba anular la orden de suspensión del partido dictada por el juez Fredy Orellana.
Según la resolución de los magistrados, no se abordó el alegato del Movimiento Semilla. Tras el análisis, se determinó que el partido no presentó todos los recursos de impugnación establecidos en la ley antes de solicitar un amparo.
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El 19 de julio, el juez Fredy Orellana había rechazado un recurso de reposición presentado por Semilla con la intención de anular la orden de suspensión. No obstante, en lugar de presentar una apelación contra esta decisión, el partido recurrió directamente al amparo, omitiendo un recurso de impugnación.
Debido a esto, la Corte instruyó a la Sala Segunda de Apelaciones que, en lugar de rechazar el amparo, lo suspenda, dado que no se cumplieron los requisitos previstos en la ley para la impugnación.
A pesar de esta situación, el Movimiento Semilla todavía puede oponerse a la decisión. Sin embargo, la suspensión emitida por Orellana el 12 de julio sigue en pie, ya que, hasta el momento, no se ha presentado ningún recurso legal que la anule.
Es importante mencionar que esta suspensión, ya ejecutada por el Registro de Ciudadanos, entrará en vigor una vez concluido el proceso electoral. Es decir, después del 31 de octubre, según lo determinado por el Tribunal Supremo Electoral en su última resolución.