La Corte de Constitucionalidad (CC) emitió un comunicado el lunes 26 de agosto. Este comunicado se refiere a los amparos presentados contra la ampliación presupuestaria solicitada por el Ejecutivo.

En el comunicado, la CC informó que el Pleno de Magistrados revisó los expedientes acumulados 5305-2024, 5336-2024, 5660-2024 y 5372-2024.

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Estos expedientes están relacionados con peticiones de amparo provisional. Estas peticiones se presentaron contra la Ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2024.

La CC, después de analizar los escritos de interposición, los informes de las autoridades cuestionadas y los antecedentes, concluyó que existen circunstancias que ameritan protección interina.

El tribunal determinó que se cumplen los supuestos del artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

Por lo tanto, decidió, por mayoría, otorgar el amparo provisional solicitado. La decisión incluyó un voto razonado concurrente del magistrado Roberto Molina Barretto.

Suspensión temporal

Se deja en suspenso la aprobación por parte del Congreso de la moción privilegiada. Esta moción permitía la dispensa de dictamen sobre el tema mencionado.

También se suspende la iniciativa de ley 6403 de Dirección Legislativa. Esta iniciativa permitió la aprobación del Decreto 16-2024 del Congreso. Este decreto está relacionado con la Ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2024.

Sobre la ampliación presupuestaria

La agencia internacional calificadora de riesgo Moody’s se pronunció sobre la ampliación del presupuesto. Según Moody’s, la aprobación de la ampliación presupuestaria por más de 14,500 millones de quetzales representa el 1.6 % del producto interno bruto del país.

Estos fondos provienen de una recaudación tributaria positiva y de fondos de caja. Contribuirán a enfrentar carencias en infraestructuras y desarrollo social. También se espera que impulsen ligeramente el crecimiento económico. [Tomado de AGN]