Los empresarios Mario Roberto Leal Pivaral y Rodrigo Leal Castillo quedan sin persecución penal por el delito de financiamiento electoral no registrado. Así lo resolvió la Corte de Constitucionalidad -CC- en una sentencia. Ambos tienen señalamientos en el caso Financiamiento Electoral UNE.

La CC declaró parcialmente con lugar, un recurso de apelación presentado contra el artículo 407 “O” del Código Penal. Este regula el delito de financiamiento electoral no registrado. La sentencia señala como válidos dos argumentos de los solicitantes respecto a la retroactividad de la ley. Es decir, no podría ser aplicada a los amparistas. Leal Pivaral fue el compañero de fórmula de Sandra Torres en las Elecciones de 2015, cuando Jimmy Morales ganó la presidencia.

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La resolución de la CC la emitió por unanimidad, con los votos de los magistrados Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa, Leyla Lemus, Juan José Samayoa Villatoro y José de Mata Vela, este último emitió voto concurrente

“Revoca el auto apelado y se declara con lugar parcialmente el incidente de inconstitucionalidad de ley en caso concreto, planteado contra el artículo 407 “O” del Código Penal, que regula el delito de Financiamiento electoral no registrado, únicamente con relación a las denuncias, relativas a la vulneración del artículo 15 de la Constitución Política de la República de Guatemala y del artículo 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, como consecuencia, su inaplicación en el caso concreto en cuanto a los solicitantes”, señala la resolución.

Financiamiento electoral no registrado fue en 2015

Los amparistas argumentan que el delito por el cual se les señala entró en vigor en el 2018 y los hechos señalados por la Fiscalía sucedieron en 2015. Además, buscaban que la orden de captura en su contra quede sin efecto.

El artículo 15 de la Constitución señala la irretroactividad de la ley y está solo beneficia al reo en materia penal. Por aparte, el artículo 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que: “Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable”.

Tampoco “puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello”.

La investigación del MP reveló que más de Q27 millones aparentemente no fueron registrados ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en 2015 en la campaña presidencial de la Unidad Nacional de la Esperanza. Por este caso está ligada a proceso penal la excandidata presidencial Sandra Torres, quien actualmente se encuentra guardando arresto domiciliario.