El Gobierno de la República publicó este día en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Gubernativo 15-2020, con el cual extiende, por 30 días más, el estado de calamidad pública por la pandemia del coronavirus.

El objetivo es continuar con las acciones para contrarrestar el avance del coronavirus en el país, explica el documento que deberá ser aprobado por el Congreso de la República.

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“A la presente fecha, las circunstancias y propagación de la epidemia va en aumento en el territorio de Guatemala. Por lo que es necesario que las instituciones del sector Salud, otros sectores y la comunidad en general cooperen conforme a los reglamentos internacionales y nacionales en las medidas preventivas”, dice el Acuerdo.

Con esta nueva prórroga, son ya cinco las ampliaciones que hace el Gobierno de Guatemala ante esta crisis mundial y que afecta duramente a nuestro país.

Guatemala declaró estado de calamidad pública el pasado 5 de marzo del 2020. Luego, hubo prórroga, por 30 días, en abril, mayo, junio, julio y la que se espera sea en agosto.

También se declaran medicamentos esenciales

En el Artículo 3 del Acuerdo Gubernativo 15-2020 del estado de calamidad pública se estableció: “Por motivos de interés nacional y como protección social”, con base en la lista de la Organización Panamericana de la Salud, se declaran medicamentos esenciales los siguientes:

  • Soluciones parenterales -preparación líquida con nutrientes o fármacos-.
  • Gases medicinales para la ventilación y respiración, incluyendo oxígeno
  • vasoactivos para el mantenimiento de la presión arterial.
  • Medicamentos corticosteroides -usados para tratar la artritis y el asma-.
  • Antimicrobianos como la azitromicina, ivermectina, remdevisir, oseltamivir y otros medicamentos activos en contra del SARS-CoV-2 -coronavirus-.

Con esta declaratoria se prohíbe que las personas individuales o jurídicas sustraigan, acaparen, especulen o realicen prácticas monopólicas que aumenten los precios y generen desabastecimiento de estos.

En su Artículo 5, se convocó al Congreso de la República para que, dentro de un plazo de tres días, conozca, ratifique, modifique o impruebe el acuerdo, cita la Agencia Guatemalteca de Noticias -AGN-.

Con información de AGN