Con el voto favorable de 109 diputados, el Congreso amplió hasta el 30 de septiembre el pago del impuesto de circulación de vehículos. El mismo que finalizaba el 31 de julio próximo.

Los congresistas avalaron que, para este año, el pago del impuesto de circulación de vehículos tenga una extensión de tiempo hasta el 30 de septiembre, para que los contribuyentes puedan cumplir con ese impuesto.

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A pesar de que la iniciativa de ley fue remitida a la Comisión de Finanzas y Moneda del Congreso, por medio de una moción privilegiada presentada en la sesión extraordinaria de este jueves 20 de junio, se aprobó dicha medida.

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), ya había emitido un dictamen en contra de la propuesta, debido a que a consideración de las autoridades tributarias la medida no era oportuna, pues desincentivaría el cumplimiento en el pago del impuesto.

Ampliación del tiempo para pagar el impuesto de circulación

Mientras que el jefe de la SAT, Marco Livio Díaz, dijo en su momento que los propietarios de los vehículos tienen suficiente tiempo para cancelar el impuesto. Además, que el mismo lo pueden hacer apartando la cuota de lo que perciben del bono 14.

Por su parte, en los considerandos del Decreto 13-2024, se indica que la medida es necesaria. Esto debido a que en los dos últimos años se ha experimentado “una escalada de precios que ha deteriorado la capacidad adquisitiva de los guatemaltecos. Y, entre ellos, la capacidad de pago de tributos”.

El Decreto 70-94, el Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos se debe cancelar en los primeros siete meses del año. Es un período desde el 1 de enero hasta el 31 de julio.

Quienes paguen después de esa fecha reciben multas por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria. Además, de las que se pudieran aplicar en operativos que se desarrollan en carreteras.