La Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala (CDAG) y el Comité Olímpico Guatemalteco (COG) han aprobado una serie de beneficios económicos dirigidos a los atletas y entrenadores que participen en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos.
Esta medida busca reconocer y recompensar el esfuerzo de los deportistas que representan al país en competiciones internacionales.
Pensión vitalicia para medallistas olímpicos y paralímpicos
En una resolución emitida el 29 de julio de 2024, el Comité Olímpico Guatemalteco decidió otorgar una pensión vitalicia mensual a los atletas guatemaltecos que hayan obtenido medallas en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Verano.
El monto de la pensión se determinará según la medalla obtenida:
- Medalla de oro: 10 salarios mínimos mensuales.
- Medalla de plata: 8 salarios mínimos mensuales.
- Medalla de bronce: 6 salarios mínimos mensuales.
Esta pensión se hará efectiva una vez que el atleta se retire oficialmente de su carrera deportiva, cumpliendo con los requisitos establecidos en el reglamento respectivo.
Además, anunciaron los premios económicos para atletas y entrenadores medallistas de los Juegos Olímpicos de París 2024.
Los premios para atletas oscilan entre Q250,000 y Q3,000,000, mientras que para entrenadores van desde Q62,500 hasta Q750,000, según el logro alcanzado. pic.twitter.com/EOoupncuoP
— CRNNoticias (@CRN_Noticias) August 23, 2024
Premios económicos para atletas y entrenadores
Además de la pensión vitalicia, se ha aprobado la entrega de premios económicos para los medallistas y sus entrenadores en los Juegos Olímpicos de París 2024. Los premios serán otorgados en conjunto por la CDAG y el COG.
Premios para atletas
- Medalla de Oro: Q3,000,000 (Q1,500,000 por CDAG y Q1,500,000 por COG).
- Medalla de Plata: Q2,000,000 (Q1,000,000 por CDAG y Q1,000,000 por COG).
- Medalla de Bronce: Q1,250,000 (Q625,000 por CDAG y Q625,000 por COG).
- 4to. Lugar (Diploma Olímpico): Q500,000.
- 5to. Lugar (Diploma Olímpico): Q400,000.
- 6to. al 8vo. Lugar (Diploma Olímpico): Q250,000.
Premios para entrenadores
- Medalla de Oro: Q750,000.
- Medalla de Plata: Q500,000.
- Medalla de Bronce: Q312,500.
- 4to. Lugar (Diploma Olímpico): Q125,000.
- 5to. Lugar (Diploma Olímpico): Q100,000.
- 6to. al 8vo. Lugar (Diploma Olímpico): Q62,500.
Fundamento legal
Estas decisiones están basadas en los artículos del Decreto 76-97 del Congreso de la República de Guatemala, que promueve el desarrollo del deporte en el país. Entre los artículos relevantes se encuentran:
- Artículo 124: Derechos de los deportistas federados.
- Artículo 192: Galardón máximo.
- Artículo 193: Reglamentación especial.
- Artículo 220: Facultades de la CDAG y el COG.
Con estas medidas, Guatemala refuerza su compromiso con el desarrollo del deporte, incentivando la excelencia deportiva y asegurando un reconocimiento permanente para aquellos atletas y entrenadores que ponen en alto el nombre del país en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos.