El Gobierno de la República, a través del consejo de ministros, prorrogó por 30 días, la vigencia del estado de calamidad pública debido al aumento de la propagación del COVID-19.
Según el artículo 1 del Decreto Gubernativo 12-2020 del 23 de junio, “se prorroga por 30 días, el plazo de vigencia el estado de calamidad pública contenida en el Decreto Gubernativo 5-2020 de fecha 5 de marzo del 2020”.
Lee también: Escenas inhumanas se viven en hospital que atiende a pacientes con coronavirus
Pero con la prórroga del estado de calamidad se establecen los “medicamentos esenciales” para esta emergencia.
Medicamentos esenciales para COVID-19
El Artículo 3 define la declaratoria de los medicamentos esenciales, y la misma, se hace, según el Gobierno, “por motivos de interés nacional y como protección social contra las enfermedades”.
Además, se declaran los medicamentos esenciales “con base a la lista efectuada por la Organización Panamericana de la Salud -OPS-”.
En ese sentido, se mencionan los siguientes:
- Soluciones parenterales.
- Gases medicinales para la ventilación y respiración de pacientes, incluye oxígeno.
- Medicamentos vasoactivos para el mantenimiento de la presión arterial.
- Antimicrobianos -azitromicina, ivermectina, remdesivir, oseltamivir y otros medicamentos activos en contra del SARS-Cov-2.
- Medicamentos corticosteroides.
Gobierno prohíbe acaparamiento de medicamentos esenciales
Asimismo, se prohíbe a las personas individuales o jurídicas que “sustraigan, acaparen, especulen, realicen prácticas monopólicas, aumenten los precios o generen desabastecimiento intencionado de los mismos”.
Así como “cualquier otra acción o práctica que impida a los servicios de salud pública o privada tener acceso a los mismos”.
Dentro del presente Decreto Gubernativo no se habla de alguna sanción económica o prisión para las personas que no cumplan con lo anteriormente descrito. Solamente se habla de una prohibición.
Se convoca al Congreso de la República
El consejo de ministros convoca a los diputados a que en un plazo de tres días “conozcan, ratifiquen, modifiquen, o imprueben” el Decreto Gubernativo 12-2020.
Además, se hace un llamado a la Academia de Lenguas Mayas para realizar las traducciones en los idiomas, mayas, garífuna y xinca.