La aprobación de urgencia nacional del estado de Calamidad Pública, la tiene cuesta arriba el partido oficial y los bloques aliados; ya que no logran obtener los 107 votos que se necesitan para lograrlo.

El pleno deberá sesionar tres días seguidos, de lo contrario el Decreto Gubernativo quedará sin vigencia.

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Debido a la mala gestión de la pandemia por parte del Gobierno del presidente Alejandro Giammattei, los bloques de oposición no darán su consentimiento para la aprobación del decreto que contiene las restricciones para contener el COVID-19.

A pesar de que el Gobierno dijo que era de urgencia y que ayer lunes sería enviado al Congreso, pero la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia dijo que será hasta este martes.

Ante ese atraso, el diputado y expresidente del Congreso, Álvaro Arzú Escobar se pronunció en su cuenta de twitter; “la Ley de Orden Público es clara cuando dice que el Presidente debe enviar el decreto INMEDIATAMENTE al Congreso luego de ser emitido. Fue emitido el viernes y resulta que lo van a enviar hasta el martes. ¿Tiene o no tiene urgencia el @GuatemalaGob”.

Estado de Calamidad debe ser conocido por el Congreso para su aprobación

De acuerdo con el artículo 6 de la Ley de Orden Público el Congreso deberá de reunirse ante la notificación de haberse establecido el estado de alarma, de calamidad pública o de sitio, y será el Organismo Legislativo quien ratifique, modifique o impruebe el decreto emitido por el presidente.

Ante el aumento de casos de COVID-19, el presidente Alejandro Giammattei en Consejo de Ministros, decretó un nuevo estado de Calamidad Pública por 30 días y toque de queda de 10:00 de la noche a 04:00 de la mañana, el cual entró en vigencia el pasado domingo 15 de agosto.

Dentro de las medidas que anunció el presidente se encuentra la suspensión de reuniones sociales o recreativas, así como la prohibición de toda clase de espectáculos públicos, y de toda clase de eventos y reuniones.

Sin embargo, se exceptúan las manifestaciones públicas, toda vez cumplan con las medidas sanitarias y no se limita la libre locomoción de terceros.