Como un “duro golpe al intento de golpe” calificó el presidente Bernardo Arévalo la decisión de la Corte de Constitucionalidad (CC) de dejar sin efecto la orden del juez Séptimo Penal, Fredy Orellana. Esta abría la puerta a un golpe de Estado.

El mandatario confirmó que presentarán recursos administrativos de queja y acciones legales adicionales ante la Supervisión de Tribunales y las Cortes por prevaricato cometido por el funcionario judicial.

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Advirtió que los procesos incluyen al fiscal especial contra la Impunidad, Rafael Curruchiche, por posibles delitos cometidos al requerir antejuicio.

Se intentó obtener opiniones del togado y del fiscal, por medio de los departamentos de Comunicación del Organismo Judicial (OJ) y del Ministerio Público, pero al cierre de la nota no hubo respuestas.

El Colegio de Abogados hizo circular un comunicado en el que informa que denunció ante la Junta de Disciplina Judicial del OJ a Orellana. Esto por “conductas que contravienen principios éticos, de imparcialidad y responsabilidad en el ejercicio de la judicatura”.

Presidente Arévalo valora el fallo

Arévalo también expresó que “vemos positivo que la Corte Suprema de Justicia haya decidido comenzar el proceso para examinar la conducta y determinar si procede la destitución del proscrito juez, pues luego del veredicto de la CC, quedó demostrado que es un prevaricador”.

Entre los delitos que le imputará al fiscal están infracción de privilegios, obstaculización de la justicia, tráfico de influencias y revelación de secretos, presuntamente cometidos en el antejuicio contra el dignatario.

Recordó que diputados promueven acciones legales por los aparente ilícitos del togado.

El Presidente llamó “ridícula” la citada solicitud y consideró que se trata de una maniobra desesperada para desestabilizar su administración y desacreditar los avances del Gobierno.

Según el mandatario, las acciones forman parte de una estrategia en la que se usan herramientas legales y judiciales con fines políticos (Lawfare), con el objetivo de minar el poder legítimamente constituido.

Señala ataque

El jefe de Gobierno reafirmó su compromiso con la defensa del Estado de derecho y denunció los intentos de desestabilizar, los cuales comenzaron en julio de 2023, luego de que él pasara a la segunda vuelta electoral. Afirmó que se intentan frenar los esfuerzos por erradicar la corrupción, mejorar los servicios públicos y promover el bienestar colectivo.

Resaltó que el reciente llamado a la ciudadanía, realizado en cadena nacional, generó una respuesta significativa en respaldo a la democracia. No obstante, exhortó a la población y a la comunidad internacional a mantenerse vigilantes para evitar nuevos intentos de socavar las instituciones democráticas.

Agregó: “El calendario le sigue restando días al régimen de la impunidad. Saldrán con más ataques, lo sabemos. Buscan retorcer las leyes y los resultados electorales. Construyen casos espurios contra funcionarios de gobierno como en el caso Unops”.

Procede destitución

Édgar Ortiz Romero, experto en derecho constitucional, explicó que para la destitución del juez, por la vía administrativa, “la Ley de la Carrera Judicial establece las formas y procesos para disciplinar a quienes cometen faltas”.

Detalló que el procedimiento requiere ciertos pasos. “El primero, una queja que conoce la Supervisión de Tribunales, que investiga y formula lo que podríamos llamar la acusación”.

Citó que después, el expediente se eleva a la Junta de Disciplina Judicial, que puede amonestar o suspender. “Si decide sancionar con retiro, remite el expediente a la Corte Suprema de Justicia”, subrayó.

El experto recordó que la segunda opción es la vía penal. Este requiere que se levante el antejuicio”, anotó Ortiz.

Lo que dice la ley

De acuerdo con el Código Penal, los señalados se exponen a lo siguiente:

Artículo 422. Revelación de secretos. Comete delito el funcionario o empleado público que revele o facilite la revelación de hechos, actuaciones o documentos de los que tenga conocimiento por razón del cargo y que por disposición de la ley deben permanecer en secreto. El responsable será sancionado con prisión de uno a tres años y multa de Q5 mil a Q20 mil e inhabilitación especial.

Artículo 431. Infracción de privilegio. El funcionario o empleado público que detenga o procese a una autoridad que goce de antejuicio u otras prerrogativas, sin guardar las formalidades establecidas por la ley, será sancionado con multa de Q50 a Q500.

Artículo 449 Bis. Tráfico de influencias. Lo comete quien, por sí misma o por interpósita persona, o actuando como intermediaria, influya en un funcionario o empleado público, prevaliéndose para ello de su jerarquía, posición, amistad o cualquier otro vínculo personal, para obtener un beneficio indebido, para sí o para tercero, en un asunto que dicho funcionario o empleado público esté conociendo o deba resolver, haya o no detrimento del patrimonio del Estado o de un tercero. Se sanciona con prisión de dos a seis años e inhabilitación especial.

Ley contra la delincuencia organizada

Artículo 9. Obstrucción de justicia. Quien utilice fuerza física, amenazas o intimidación, la promesa, el ofrecimiento o la concesión de un beneficio económico o de otra naturaleza para inducir al falso testimonio, perjurio o para obstaculizar la aportación de pruebas de un proceso en relación con la comisión de uno de los delitos comprendidos en la presente ley.
*Tomado del Diario de Centroamérica