El próximo 5 de octubre finaliza el estado de calamidad pública decretado por el presidente Alejandro Giammattei en Consejo de Ministros y refrendado seis veces por el Congreso.

El estado de calamidad es una medida legal que han utilizado los últimos gobiernos ante desastres naturales. Esta vez no fue la excepción con el objetivo de contener el contagio del COVID-19.

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El mandatario informó que desistió de pedir una séptima prórroga del estado de calamidad pública al Congreso. Por lo que el mandatario le quedaría adoptar medidas contempladas en el Código de Salud y Código Penal.

Sin estado de calamidad las principales restricciones como el toque de queda y la venta de licor en horas de la noche quedarían sin efecto, a menos que lo regule en un Acuerdo Ministerial.

Las restricciones que ya no estarán vigentes

  • Toque de queda sin efecto, es decir, no hay restricción de locomoción.
  • La limitación de expendio de bebidas alcohólicas de 21:00 horas a 06:00 horas y su prohibición en el consumo en la vía pública.
  • Sin restricción al confinamiento.
  • No hay cordones sanitarios.
  • Libre circulación vehicular.
  • No podrán adquirir medicamentos sin licitar.

El estado de calamidad pública está normado en la Ley de Orden Público la cual es de rango constitucional y es uno de los cuatro estados de excepción que están contemplados en esa ley.

Ya varios diputados habían anunciado que no apoyarían una nueva prórroga al estado de calamidad.