La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informó que desde el pasado 27 de octubre empezó a suspender la afiliación al Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los contribuyentes que tienen más de 4 años de no declarar ese tributo. Las notificaciones empezaron desde el pasado 4 de octubre a más de 276 mil contribuyentes. 

Las autoridades de la SAT indicaron que quienes queden suspendidos, no podrán emitir Documentos Tributarios Electrónicos como las Facturas Electrónicas en Línea (FEL), ni realizar varios trámites como gestionar solvencia fiscal, actualizar datos de establecimientos y ratificar datos en el RTU Digital. Pero aclararon que el Número de Identificación Tributaria (NIT) no se suspende.

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El superintendente de Administración Tributaria, Marco Livio Díaz Reyes, y el intendente de Recaudación, Fernando Suriano, en conferencia de prensa manifestaron que la base legal para suspender a los contribuyentes recae en el artículo 120 del Código Tributario que dice:

“Para aquellos contribuyentes que estén omisos en el pago del IVA o que no sean ubicados en su domicilio fiscal, la Administración Tributaria podrá suspender su afiliación al régimen de dicho impuesto y realizará la anotación especial en los registros tributarios del contribuyente o responsable”.

La SAT añadió que por medio de la Agencia Virtual tienen diferentes opciones que facilitan para poder regularizar su situación tributaria, como pago de omisos, cancelación de establecimientos sin movimiento y convenios de pago.

Por el momento, la SAT informa que hay 1 millón 572 mil 195 contribuyentes afiliados al IVA.