Las sanciones van con arrestos de 15 a 30 días para las personas que no respeten el toque de queda. Esto según las disposiciones del Decreto Gubernativo 6-2020, que tiene como fin contener el contagio de la enfermedad COVID-19.

El Decreto establece en la reforma del artículo 5 literal b el toque de queda, a partir de las 16:00 a las 4:00 horas del día siguiente. La disposición con cobertura nacional culminará el 31 de marzo del presente año.

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El Gobierno limitó el libre tránsito para aumentar la medidas de cuarentena y evitar que la población salga de sus hogares y contraiga el coronavirus.

Sanciones penales por incumplir el toque de queda estipulado en el decreto 6-2020

En ese contexto, el presidente Alejandro Giammattei aseguró que los guatemaltecos que no acaten las nuevas disposiciones presidenciales se enfrentarán a sanciones administrativas y penales.

El Código Penal, en su artículo 495, estipula que, “quienes, de cualquier modo, infringieren los reglamentos o disposiciones de la autoridad relacionados a seguridad común, orden público o salud pública, serán sancionados con arresto de 15 a 30 días”.

El presidente Giammattei dijo, durante su visita a las instalaciones del hospital provisional de Quetzaltenango que esta semana es clave para lograr prevenir la enfermedad.

El Decreto delega el cumplimiento del decreto a las fuerzas de seguridad, que incluye la Policía Nacional Civil, el Ejército, la Policía Municipal de Tránsito y Policía Municipal, entre otras, de acuerdo con su mandato y su jurisdicción.

* Tomado del Diario Oficial